Tramitación de Altas y Bajas de suministros de Gas y Electricidad
Dar de alta la luz y el gas
Cuando un cliente adquiere o alquila una nueva vivienda tendrá que encargarse de solicitar el alta para disponer tanto de gas natural como de electricidad. Esta tramitación es rápida, sencilla y práctica aunque previamente se tienen que conocer varios aspectos de la vivienda:
- Si el domicilio tiene abastecimiento, no se necesitará realizar un alta de luz y gas, sino simplemente un cambio de titularidad en el contrato.
- El cliente que compre una vivienda de nueva construcción tendrá que tener un Boletín Eléctrico.
- Si la vivienda tuvo suministro con anterioridad, sería recomendable asegurarse de cuánto tiempo lleva dado de baja la luz y el gas natural puesto que repercutirá en el precio que tendrá que pagar el usuario.
¿Qué hacer antes de dar de alta la luz y el gas?
El propietario del domicilio podrá llamar a la comercializadora para solicitar la tramitación, que puede efectuarse tanto por teléfono como por correo electrónico y donde el consumidor tendrá que aportar una serie de datos.
Antes de proceder a realizar cualquier gestión con la compañía eléctrica se recomienda seguir los siguientes pasos:
- Calcular la potencia eléctrica.
- Estimar el consumo que puede realizarse.
- Comparar las tarifas de luz y gas para buscar la más económica.
Estos tres pasos son totalmente gratuitos para el usuario, pudiendo realizarlos por Internet y ayudándole a ahorrar en la factura de luz desde el principio. En especial, se debe prestar atención al término de potencia que se contrata, puesto que definirá el importe a pagar por dar de alta la luz.
Documentos para dar de alta la luz y el gas natural
Una vez que el cliente tiene todos estos datos, que sabe exactamente qué tarifa quiere contratar, solo tiene que ponerse en contacto con la compañía eléctrica. El operador que le atienda le pedirá una serie de documentos que tendrá que aportar en el acto y se recomienda tenerlos a mano en todo momento:
¿Cuánto se tarda en dar de alta la luz y el gas?
El consumidor tendrá suministro tanto de gas natural como de electricidad en un plazo de 5 a 7 días hábiles. La tramitación será inmediata, pero la distribuidora tiene que mandar un técnico, que será el encargado de instalar el contador de luz y gas.
Si la distribuidora requiriese algún documento adicional, el alta del suministro energético podría demorarse unos días más, aspecto que el cliente siempre debe tener en cuenta.
¿Cuánto cuesta dar de alta el gas natural y la electricidad?
El cliente que vaya a dar de alta la luz y el gas natural tendrá que pagar un importe siempre. Este coste se abonará a la distribuidora de su zona, pagándose a través de la factura dual de la comercializadora, independientemente de con quién se haya contratado el suministro energético. Para cada suministro se aplican distintos precios en base a diferentes conceptos:
- El precio del suministro eléctrico está estructurado de la siguiente manera:
- Los derechos de extensión son 17,37 €/kW.
- Los derechos de acceso son 19,40 €/kW.
- Los derechos de enganche son 9,04 € + IVA.
Dar de baja la luz y el gas
La rescisión o baja de contrato no puede darse por una simple llamada telefónica pues tiene que ser por algún medio donde quede constancia de la solicitud ya que la consecuencia es no solo dejar sin efecto el contrato de suministro con la comercializadora sino el contrato de acceso a la red eléctrica de la distribuidora de la zona. En definitiva, la retirada de contador y quedarse sin luz.
La rescisión de un contrato es dejar el contrato sin efectos por decisión de una de las partes contratantes. Las partes contratantes de un contrato de suministro de electricidad son la empresa comercializadora y el consumidor. La empresa eléctrica solo rescinde un contrato en caso de impago y no haber atendido en varias ocasiones el requerimiento de pago y aviso de corte de suministro. El consumidor rescinde un contrato cuando desea dejar sin suministro eléctrico un inmueble bien porque no se use o por cualquier otra razón que se estime oportuna. La baja implica que cuando se desee de nuevo dar luz a esa vivienda es precisa un alta que es costosa.
¿Hay penalidades a pagar por rescindir el contrato de electricidad?
No, para dar de baja no hay ningún tipo de penalización.
Las penalizaciones son sólo para casos en que existiendo un contrato de permanencia, el consumidor quisiera irse a otra comercializadora. Los consumidores tienen derecho a rescindir el contrato con un comercializador sin penalización si ha transcurrido un año o con un máximo del 5% del recargo sobre la energía no suministrada si se rescinde antes del año.
La baja pues se da cuando se desea. Ni siquiera afecta el hecho de tener facturas impagadas en la compañía eléctrica, se admite la baja si bien la empresa utilizará los medios oportunos para el cobro de la deuda pendiente.